¢ Asociación
de cooperadora escolar “ace”
¢ ¿Qué
es una Asociación de Cooperadora Escolar?
¢ Las
Asociaciones de Cooperaciones Escolares (ACEs) son organizaciones sin fines de
lucro, con objetivos definidos, conformadas al amparo de sus estatutos sociales
y de lo establecido en el Capítulo III, Título II del Libro I del Código Civil
Paraguayo y estará conformada por padres de familia o tutores, que
voluntariamente integran una comunidad educativa.
¢ DE
LAS ASOCIACIONES RECONOCIDAS DE UTILIDAD PUBLICA
¢ Art.102.-
Las personas que quieran constituir una asociación que no tenga fin lucrativo,
cuyo objeto sea el bien común, expresarán su voluntad mediante estatutos
formalizados en escritura pública.
¢ código
civil paraguayo
¢ Art.103.-
Las asociaciones se regirán por las reglas de este Capítulo y por sus estatutos.
¢ Los
estatutos de las asociaciones
¢ Art.104.-
Los estatutos deberán contener la denominación de la asociación; la indicación
de sus fines, de su patrimonio y domicilio, así como las normas sobre el
funcionamiento y administración; los derechos y obligaciones de los asociados y
las condiciones de su admisión. Los
estatutos contenderán también normas relativas a la extinción de la entidad y al destino de sus
bienes.
¢ Cuál
es el objeto de la ACE?
¢ El
objeto de la ACE es la de cooperar con el Estado en forma participativa y
organizada a fin de contribuir al desarrollo y mejoramiento de la calidad
de la educación.
¢ ¿Dónde
fija domicilio la Cooperadora Escolar?
¢ Para
todos los efectos legales, la Asociación de Cooperadora Escolar fijará
domicilio en la institución educativa donde coopera.
¢ ¿Quiénes
integran una Cooperadora Escolar?
¢ La
Asociación de Cooperación Escolar (ACE) será integrada únicamente por padres,
madres, encargados o tutores de alumnos matriculados en la institución
educativa correspondiente.
Las tutorías deberán ser declaradas por la autoridad competente y con dicho documento el/la niño/a podrá matricularse en la institución educativa. Se entienden por encargados las personas que tienen a su cargo al niño/a (Caso particular de los tíos, abuelos, criados por familias)
Las tutorías deberán ser declaradas por la autoridad competente y con dicho documento el/la niño/a podrá matricularse en la institución educativa. Se entienden por encargados las personas que tienen a su cargo al niño/a (Caso particular de los tíos, abuelos, criados por familias)
¢ Constitución,
registro y reconocimiento
¢ La
Asociación de Cooperación Escolar (ACE) se constituye por libre voluntad de sus
socios expresados en estatutos sociales transcriptos en escritura pública e
inscriptos en el registro correspondiente. Podrá conformar redes,
coordinaciones y federaciones para el mejor cumplimiento de sus objetivos.
¢ .
¢ Cada
Asociación establecerá su estatuto conforme a los fines y objetivos de la
educación dispuestos en la Ley General de la Educación y lo adecuará a los
delineamientos establecidos por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
¢ Solicitud
de registro. - plazo
¢ La
solicitud de registro de la Asociación de Cooperación Escolar se presentará
dentro de los 70 (setenta) días hábiles de realizado el acto asambleario de
constitución, la cual deberá solicitar su registro por única vez ante la
Supervisión Administrativa de la zona, acompañando una copia autenticada de la
escritura pública que contiene la transcripción de los estatutos sociales, sus
principios y la nómina de autoridades.
¢ Pronunciamiento
de la supervisión administrativa
¢ La
Supervisión se pronunciará en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles,
contados a partir de la fecha de su inscripción para proceder al registro. En
caso de existir falencias de mero trámite administrativo y toda vez que no
vicie el acto que dio origen a lo solicitado, la Supervisión subsanará de
oficio dicha falencia o exigirá a los solicitantes que en un plazo no mayor de
5 (cinco) días hábiles, presenten los documentos respaldatorios pertinentes o
las actuaciones requeridas para resolver lo solicitado.
En caso de no mediar objeciones ni observaciones, la Asociación de Cooperación Escolar será inscripta en el registro correspondiente de forma inmediata
En caso de no mediar objeciones ni observaciones, la Asociación de Cooperación Escolar será inscripta en el registro correspondiente de forma inmediata
¢ Autoridades
de las aceS
Ø Son
autoridades de la Asociación:
Ø La
Asamblea General.
Ø La
Comisión Directiva.
¢ ASAMBLEA
GENERAL
¢ La
Asamblea General es la máxima autoridad de la Asociación de Cooperadora
Escolar. Ella debe ser convocada en la forma y tiempos determinados por los
estatutos sociales o cuando la solución de asuntos urgentes de su competencia
lo exija, o a petición escrita de por lo menos la quinta parte de los
asociados.
¢ Tiempo
de realización
¢ La
Asamblea General Ordinaria será realizada entre los 90 (noventa) y 120 (ciento
veinte) días posteriores al cierre del año civil anterior, para cuya
convocatoria se someterá a las disposiciones establecidas en los estatutos
sociales y al Código Civil.
¢ COMISIÒN
DIRECTIVA
¢ Estará
compuesta por un número mínimo de 5 (cinco) miembros y un número máximo de 15
(quince) miembros, designados conforme a las reglas establecidas en sus
estatutos sociales. Deberá estar integrada por lo menos por un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario
y un vocal.
¢ DE
LOS ASOCIADOS
¢ Los
padres de familia, tutores o encargados de los alumnos matriculados en la
institución educativa donde la Asociación coopera son socios activos de
la misma, pudiendo en los estatutos sociales establecerse otras categorías.
¢ Qué
requisitos deben reunir los postulantes a dichos cargos?
¢ Ser
socios/as activos/as de la institución. Estar dentro del padrón oficial.
¢ Tener
hijos/as o menores a sus cargos dentro de la institución.
¢ Tampoco
pueden integrar dichos cargos el personal docente, técnico administrativo y
directivo en la institución educativa donde coopera.
¢ ACEs --------reelección
¢ La
reelección en las Cooperadoras Escolares.
¢ Cada
estatuto define el tema de la reelección de autoridades.
¢ FUENTES
CONSULTADAS
¢ http://www.tsje.gov.py/aces.php
¢ www.google.com.py
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