| John: |
Perdona como te llamas?
| ||
| Jessica: |
Me llamo Jessica. Y tu?
| ||
| John: |
Juan.
| ||
| Jessica: |
Hablas ingles muy bien.
| ||
| John: |
Gracias.
| ||
| Jessica: |
Sabes que hora es?
| ||
| John: |
Si. Son las cinco y diez PM.
| ||
| Jessica: |
Que has dicho?
| ||
| John: |
He dicho que son las cinco y diez PM.
| ||
| Jessica: |
Gracias.
| ||
| John: |
De nada.
FUENTE: https://www.englishspeak.com/es/english-lessons/3/english-lesson
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viernes, 30 de marzo de 2018
Lecciones de Inglés.- What's your name?
lunes, 30 de octubre de 2017
LEY Nº 4084 - DE PROTECCIÓN A LAS ESTUDIANTES EN ESTADO DE GRAVIDEZ Y MATERNIDAD
LEY Nº 4084
DE
PROTECCION A LAS ESTUDIANTES EN ESTADO DE GRAVIDEZ Y MATERNIDAD
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA
DE
LEY
Artículo 1º.- La presente Ley tiene por objeto proteger el ingreso y la permanencia,
así como brindar facilidades académicas a las estudiantes que se encuentren en
estado de gravidez y maternidad, en las instituciones educativas públicas de
gestión oficial, privada y privada
subvencionada.
Artículo 2°.- Las estudiantes que se
encuentren en estado de gravidez y maternidad gozan de los mismos derechos que
los demás alumnos y alumnas en relación a su ingreso y permanencia en las
instituciones educativas, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de
discriminación.
Artículo 3°.- El estado de gravidez
o la maternidad no podrán ser causales de la negación, suspensión, expulsión,
cancelación de la matrícula, ni de otra medida similar por parte de ninguna
institución educativa.
Artículo 4°.- La Dirección de la
institución educativa otorgará las facilidades académicas necesarias para que
las estudiantes en estado de gravidez o maternidad, asistan regularmente a los
controles médicos durante todo el período de embarazo, de posparto y de
lactancia, de manera tal a posibilitar que culminen su programa académico.
Artículo 5°.- Las inasistencias a
clases por causa del parto y posparto se consideran justificadas con el
certificado médico correspondiente, a los efectos del porcentaje de asistencia
requerido para la escolaridad.
Artículo 6°.- Para las evaluaciones
a las alumnas en estado de gravidez y maternidad, las instituciones educativas
establecerán un calendario adecuado y flexible a los efectos de resguardar su
derecho a la educación.
Artículo 7°.- La Dirección de cada
institución educativa debe poner en conocimiento del contenido de esta Ley a la
comunidad educativa y deberá velar por su cumplimiento.
Artículo 8°.- El Ministerio de
Educación y Cultura es la autoridad de aplicación de esta Ley. Dentro de sus
funciones debe:
a) Notificar a todas las instituciones
educativas las obligaciones impuestas por esta ley; así como instruir
periódicamente sobre sus disposiciones a las comunidades educativas.
b) Elaborar un sistema de control.
NCR
c) Recibir denuncias por incumplimiento de la obligación dispuesta; y
de ser comprobadas, arbitrar los medios para su inmediato cumplimiento.
d) Establecer sanciones para la institución que viole esta normativa,
sin perjuicio de la responsabilidad personal en el ámbito penal y civil de las
autoridades respectivas.
Artículo 9°.- Las Consejerías
Municipales por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI), la
Secretaría de la Niñez y la Adolescencia y la Secretaría de la Mujer
colaborarán activamente para garantizar el fiel cumplimiento de esta Ley,
organizando programas de instrucción y orientación para toda la comunidad
social y educativa. Además están autorizadas a denunciar y a recibir las
denuncias por incumplimiento de la misma
y remitirlas a la autoridad de aplicación.
Artículo 10.- El Poder Ejecutivo, a
través del Ministerio de Educación y Cultura reglamentará la presente Ley.
Artículo 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de ley por la Honorable Cámara
de Senadores, a los quince días del mes
de julio del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara
de Diputados, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil diez,
de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, Numeral 1) de la Constitución
Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Oscar González Daher
Presidente
Presidente
H.
Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Jorge Ramón Avalos Mariño
María Digna Roa Rojas
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 13 de setiembre
de 2010
Téngase por Ley de la República ,
publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente
de la
República
Fernando
Armindo Lugo Méndez
Luis Alberto Riart
Ministro de
Educación y Cultura
Vocabulario TIC
Alfabetización:
Capacidad de saber leer y escribir textos codificados a través de símbolos gráficos.
Alfabetización
digital: Enseñar y evaluar los conceptos y habilidades básicos de
la informática.
Altavoces/Auriculares:
dispositivos que permiten escuchar sonido.
CD-ROM: es un disco compacto de
tecnología óptica que se utiliza para almacenar y utilizar información en
medios informáticos.
Cámara Web:
dispositivo similar a una cámara de vídeo que permite capturar y enviar
imágenes en vivo a otro usuario.
CPU:
Unidad
Central de procesamiento es un dispositivo que interpreta y ejecuta los
comandos que se indican a la computadora
Micrófono:
dispositivo que sirve para hablar con gente de distintas partes del mundo.
Mouse:
dispositivo que se usa para interactuar con los elementos que aparecen en la
pantalla de la computadora. También conocidos vulgarmente como ratones.
RAM: es la memoria principal y permite almacenar
provisionalmente comandos y datos.
Teclado:
conjunto de teclas similar al teclado de una máquina de escribir.
Estudio de Caso 7
“A una escuela de la zona de los asentamientos de Ypané se han
incorporados 20 niños de lengua materna Castellana y 10 niños de lengua materna
Guaraní correspondiente al 1º Grado de la E.E.B., según el test de competencia
lingüística aplicado a los mencionados estudiantes.
Para ofrecer un servicio educativo de calidad se debe
proponer un proyecto educativo que desarrolle un modelo de enseñanza bilingüe”.
1.Analiza la situación propuesta.
2.Extrae las principales ideas del caso, la incógnita o problemática a ser resuelta.
3.Ofrece mecanismos para otorgar posibles soluciones.
4.Demuestra la legislación aplicable.
5. Describe y defiende su decisión.
Situación
|
Problema
|
Actores Educativos: Alumnos/as
del 1º Grado de una Institución Educativa de Gestión Oficial de la zona de la Chacarita.
- Cumplir con las normativas
legales y el currículo propuesto por el M.E.C.
- Trabajar iniciando con el uso de la lengua materna de los educandos.
- Fortaler sus saberes.
|
La incorporación de un
grupo de alumnos de 1º Grado de la zona de la Chacarita, 20 alumnos/as de
Lengua materna Castellana y 10 alumnos/ de lengua materna Guaraní.
Proponer un Proyecto
Educativo, que desarrolle un modelo bilingüe y debe estar contemplado en el
PEI.
|
Resolución
|
Información
|
Primer grado E.E.B,
luego de la aplicación del Test de competencia Lingüística y definir la
lengua materna de la mayoría de los educandos.
Utilizar la Lengua
materna como Lengua de enseñanza (para enseñar todas las asignaturas) y la segunda Lengua como Lengua enseñada
(la lengua que se introduce, que se enseña en el área de comunicación).
Trabajar con talleres
educativos el enfoque del castellano y guaraní paraguayo y lograr un
bilingüismo coordinado entre ambas lenguas oficiales.
|
Trabajar constantemente
con los actores educativos fortaleciendo la utilización del bilingüismo
coordinado en el contexto social del niño/a.
El Sistema Educativo del
Paraguay propone la utilización de ambas lenguas oficiales, ya que son
idiomas del país desarrollados con la finalidad de ofrecer a todos los
actores educativos la facilidad de expresarse en forma escrita y oral en
todas las situaciones de la vida (Las competencias lingüísticas son escuchar,
hablar, leer y escribir).
Propuesta de trabajo
Elaborar el PEI danto
participación a todos actores de la comunidad educativa.
Planificar de forma
coordinada las acciones para la ejecución de proyectos áulicos con el
porcentaje correspondiente en ambas lenguas según las Normativas que
establecen la Constitución Nacional
(Art 140 y 77), y Ley de Lenguas.
Generar conciencia en
los actores acerca de la importancia de valorar y utilizar adecuadamente la
lengua materna e ir introduciendo la segunda lengua
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
|
Integra y sintetiza de manera
pertinente y precisa el contenido desarrollado
|
|
Demuestra orden, prolijidad,
precisión, gramatical en su discurso
|
|
Expone de manera clara y
concisa la producción.
Aplica procedimientos legales vigentes referentes al caso propuesto.
|
|
viernes, 27 de octubre de 2017
Test Simulacro I .- Directores . Abog. Cindy Duarte Adorno.
https://www.daypo.com/directores-paraguay-abog-cindy-duarte-adorno.html
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ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO
ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO AUTOR: ABG. VÍCTOR DUARTE ADORNO CONTACTO: +595981190005 ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIO...
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