miércoles, 25 de octubre de 2017

Orientaciones Finales - Educación Permanente.-



Orientaciones Finales.
Educación Permanente.



Los planes y programas de la Educación para Personas jóvenes y Adultas se encuentran regidos por Disposiciones Generales emitidas por el Ministerio de Educación y Cultura y por la Dirección General de Educación Permanente -DGEP-. No podrán ser aplicadas normativas pertenecientes o emanadas de otros niveles o modalidades del sistema educativo.

Los estudiantes de los programas de Educación para Personas jóvenes y Adultas, que por razones especiales, abandonan el programa sin culminar el año lectivo (cambio de domicilio, situación laboral, conscriptos de unidades militares y policiales que culminen su servicio obligatorio, internos de los Centros de Educación en Contexto de Encierro que obtengan su libertad, otras), se les otorgará una constancia de manera que tengan la posibilidad de continuar sus estudios en otros Centros Educativos para Personas jóvenes y Adultas del país.




Evaluación.


La evaluación los programas de Educación para Personas Jóvenes y Adultas, en cualquiera de sus modalidades de implementación, comprende los periodos: ordinario, complementario y de regularización.


Los instrumentos de evaluación para el 1°, 2°, 3° y 4° Niveles de la Educación Media, deben ser elaborados por los docentes de cada asignatura y aprobados por las Supervisiones de Apoyo Técnico Pedagógico Nivel III antes de ser administrados.








Planillas de Calificaciones.


Las planillas de calificaciones finales deberán ser completadas con la nómina de estudiantes en orden alfabético, sin tener en cuenta el sexo, iniciando por el o los apellidos, una coma y el o los nombres. Las calificaciones deben ir en números y letras, sin enmiendas, en las planillas actualizadas para cada programa o modalidad.

Títulos y Constancias.
Los cartones para Títulos de Graduado en Educación General Básica, los Certificados y las Constancias de Formación Profesional Inicial, serán retirados de la Coordinación Departamental de Supervisiones Educativas según calendario establecido en la Dirección de Certificación Académica, a través de la Supervisión de Control y Apoyo Administrativo, que deberá contar con la nómina de estudiantes o Formulario N° 3.






Informe Final.



Las Supervisiones de Apoyo Técnico Pedagógico Nivel  3 deben presentar el informe final a la Dirección General  de  Educación  Permanente con  los  datos de matriculados, examinados,  promovidos,  no promovidos discriminados por sexo, logros y desafíos, así como sobre el  funcionamiento de las instituciones correspondientes a este nivel, que cuenten con resolución de habilitación   y aquellas  que se encuentren funcionando sin habilitación oficial.









Resolución 90/17.


Ha sido promulgada la Resolución N° 90/17 de autorización de la implementación del programa de Educación básica bilingüe y de Educación media para personas jóvenes y adultas con la metodología libre en la modalidad a distancia. De esta resolución es importante recalcar el resuelve 2° que dispone que aquellos Centros de Educación para personas jóvenes y adultas que fueron habilitadas por la Resolución Nº 145/15, presenten nuevos proyectos para la renovación de sus habilitaciones y aquellas instituciones que deseen implementar dicha modalidad, presenten proyectos para ser habilitados en el marco de la resolución respectiva.








Clausura de Instituciones.

Se recuerda que para aquellas instituciones de gestión oficial, privada o privada subvencionada que han dejado de funcionar, se deben realizar los trámites pertinentes para que las mismas sean clausuradas mediante una Resolución emitida por la Dirección General de Educación Permanente.

Las solicitudes de clausura deben ir acompañadas del informe del motivo del cierre y rubricadas por las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo y Supervisiones de Apoyo Técnico Pedagógico Nivel III además del visto bueno de la Coordinación Departamental de Supervisiones Educativas. Cuando se trate de instituciones oficiales, se debe informar sobre la reubicación de los docentes y estudiantes del centro clausurado

Para las instituciones de gestión oficial o privada, que desde hace varios años han dejado de funcionar y cuyos responsables no pueden ser ubicados, los Supervisores Administrativos podrán solicitar de oficio la clausura de la institución.




EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE  EDUCACIÓN PERMANENTE.


Para la Evaluación del Desempeño Docente de la Educación Básica bilingüe y de la Educación Media, será utilizado el mismo instrumento de autoevaluación, utilizado en el marco del Seguimiento a la gestión de los educadores y de las instituciones educativas.













LLENADO DE TÍTULOS DE EDUCACIÓN MEDIA.

En el llenado de los títulos de los egresados de la Educación Media, atendiendo al espacio disponible con que se cuenta en los cartones, se podrá abreviar, por ejemplo, de la siguiente manera: CEMpJA N° 136.

Las instituciones deberán presentar a la Supervisión de Control y Apoyo Administrativo de la zona correspondiente, las planillas de calificaciones finales acompañadas de una copia de la resolución de apertura y/o habilitación de su institución para la Implementación de los planes y programas de la Dirección General de Educación Permanente.









Círculos

Todos los círculos deben contar con la Resolución de Apertura para el inicio del año lectivo, a fin de asegurar que los estudiantes puedan continuar sus estudios en instituciones habilitadas por la Dirección General de Educación Permanente.













Exámenes especiales, convalidación.

Se recuerda que se encuentra cerrada la fecha de presentación de exámenes especiales (de ubicación, especial, extraordinario, etc.).

Aquellas presentaciones realizadas fuera del tiempo establecido serán procesadas en el mes abril de 2018. Podrán presentarse, sin embargo, aquellas solicitudes para convalidación de estudios y de reconocimiento de estudios en el extranjero.











CUADRO DE PERSONAL



Asimismo, se recuerda que los cuadros de personal son documentos considerados declaraciones juradas por lo que se solicita verificar, en lo posible, la veracidad de la información consignada en los mismos.













PLANILLAS DE ESTADISTICAS.


Las Planillas Estadísticas (P25 Informe Final de la Educación Básica Bilingüe) de los Centros se recepcionarán en la Unidad Departamental de Estadística — UDES — que corresponda, del 1 al 15 de diciembre, según Calendario de Actividades Académicas y Administrativas de la Dirección General de Educación Permanente.












ANTECEDENTE ACADÉMICO



Para confeccionar el antecedente académico, de ser factible, se podrá cargar las calificaciones de los estudiantes en un solo formulario independiente al nivel o la modalidad que hayan cursado. También está permitido antecedentes académicos en varias hojas independientes.


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