lunes, 5 de marzo de 2018

Los Contratos.-



1.     Los contratos.

Son acuerdos de voluntades tendiente a crear, modificar o extinguir obligaciones.

2.     Fuentes de las obligaciones y de los contratos:

Su origen está en la prestación de dar, hacer o no hacer.
Dar es entregar algo, Hacer es realizar un determinado acto o actividad, No hacer es omitir la acción la realización de un acto.
Las fuentes de las obligaciones son los Contratos, cuasi contratos, Delitos, cuasi delitos y la ley. La ley como fuente la  da la igualdad por el bien común sobre el bien particular, porque es determinante y justa.

3.     Elementos del Contrato:

Son  la voluntad, el objeto y la forma.

4.     Antecedentes históricos.

4.1 La convención:

Era el pacto o convenio en el derecho Romano, de carácter privado por reglar las relaciones personales.

4.2  El contrato y los pactos en Derecho Romano.

En el derecho romano primitivo lo que nosotros designamos como contrato era el factum o conventio
En roma la voluntad nunca tuvo el papel soberano. No bastaba por ella misma era indispensable el cumplimiento de las formas legales, la mas importante y las mas difundida fue la estipulatio que no era solo una cuestión de prueba, primaba el concepto de que la mera voluntad no bastaba para crear obligaciones si no recibía el apoyo de la ley para la cual debía cumplirse las formalidades que la ley establecía.    

4.3Evolución de la técnica contractual.

En el l siglo XlX fue instaurado el nuevo orden por la revolución francesa hizo concebir a sus teóricos la ilusión de una sociedad compuesta por hombres libres fuertes y justos
El ideal era que los hombres regularan espontáneamente sus relaciones reciprocas toda intervención del estado que no fuera para salvaguardar los principios esenciales del orden publico aparecía altamente dañosa.  La revolución francesa con La libertad del hombre que consagro los derechos  de libertad, igualdad y legalidad se apoyaban en el luminismo y la razón humana la voluntad era lo que preponderaba esto formo la relación contractual en el derecho romano 

4.4 El Contrato en el código de Napoleón,

Las convenciones particulares obligan a las partes como  la ley, los contratos comerciales estaban sujetos a la aprobación del estado por los impuestos que debían pagar para mantener los fondos de guerra. 

4.5 En el Código Civil Argentino y en la legislación comparada

Las voluntades de las partes deben manifestarse por escrito y obligan a las partes como la misma ley hace una diferencia con el código napoleónico porque para Vélez Sárfield hay cosas que son intransferibles como la nacionalidad, soberanía y cosas del comercio.

5.     Legislación comparada

En la legislación comparada hay principios universales como:
Limitación de la voluntad al orden publico
Los contratos están sujetos a lo que la ley dispone
Lo pactado no debe ser prohibido, ni ir en contra de las buenas costumbres
La voluntad contractual se limita únicamente a los intereses de orden público

6.     Estado actual de la doctrina.

Es un sistema mixto en donde la declaración de  la voluntad y la voluntad misma se mantienen a la par las disposiciones contractuales privadas no pueden dejar sin efecto a la  ley lo pactado no puede ser prohibido ni contrario a las buenas costumbres el estado interviene con el fin de precautelar intereses  públicos como contratos laborales, agrario o rurales.

7.      Papel que desempeña la contratación en los diversos campos de derecho.

Con respecto a los contratos laborales es necesaria la intervención del estado para proteger su naturaleza social y económica esto no solo se aplica a lo laboral sino también a lo social.

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