lunes, 2 de marzo de 2020

Estudio de caso. PROYECTO CAPACITACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN DEL DOCENTE HACIENDO USO DE LAS T.I.C.s.







MÓDULO



PROYECTO CAPACITACIÓN, FORMACIÓN  E INFORMACIÓN DEL  DOCENTE HACIENDO USO DE LAS  T.I.C.s.



POR:

ü Abog.Cindy Duarte Adorno.

LOCALIDAD: Villa Elisa.

Año: 2020












PROYECTO AUTOFORMACIÓN  Y AUTOCAPACITACIÓN DOCENTE HACIENDO USO DE LAS  T.I.C.s.


1-   Realizar la actividad de análisis de casos y propuesta de solución en grupos de no más de 4 integrantes. 


ESTUDIO DE CASO:

Diana  es una  niña de 14 años de edad, hija de madre soltera, es educando, del octavo grado  del tercer ciclo de la E.E.B., del turno mañana, de la Escuela Básica Nº 198 República de Colombia perteneciente al Departamento de Ñeembucú, de la localidad Arandurä, proveniente de zona rural.

La niña ha dejado de asistir a clases durante un periodo prolongado de tiempo, sin justificación médica o familiar alguna.

Luego de  unos 15 días de ausencias corridas, se acerca a la institución educativa la madre de la menor de edad, presentando un resultado de análisis de laboratorio cuyo resultado evidencia la situación actual de gravidez de la niña, que se niega a retornar a clase por temor a la discriminación y burlas de sus pares.

1.-¿Cuáles son las leyes vigentes para  la situación o caso presentado?    

Para intentar dar soluciones al caso propuesto se sugiere la aplicación del PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN PEDAGÓGICA A ESTUDIANTES EN SITUACIÓN DE RIESGO, DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN INICIAL Y ESCOLAR BÁSICA, MEDIA Y PERMANENTE.

El Artículo 73 de la Constitución Nacional expresa cuanto sigue: "Toda persona tiene derecho a la educación integral y permanente, que como sistema y proceso se realiza en el contexto de la cultura de la comunidad. Sus fines son el desarrollo pleno de la personalidad humana y la promoción de la libertad y la paz, la justicia social, la solidaridad, la cooperación y la integración de los pueblos; el respeto a los derechos humanos y los principios democráticos; la afirmación del compromiso con la Patria, de la identidad cultural y la formación intelectual, moral y cívica, así como la eliminación de los contenidos educativos de carácter discriminatorio".

El Artículo 14 de la Ley N° 1264/1998 "General de Educación" establece que la familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona. Se atenderán las situaciones derivadas de la condición de madres solteras, padres divorciados, la familia adoptiva, grupos domésticos especiales, huérfanos o niños en situaciones de riesgo.

La Ley 1680/01 "Código de la Niñez y la Adolescencia" en su artículo 20 del Derecho a la Educación dice: "el niño, la niña y el adolescente tienen derecho a una educación que les garantice el desarrollo armónico e integral de su persona, y que les prepare para el ejercicio de la ciudadanía". Y el artículo 3 del mismo cuerpo legar que se refiere al interés superior del niño/a, adolescente.

La Ley N° 5.136/13 "De Educación Inclusiva" dispone en su Artículo 1° "Esta ley tiene por objeto establecer las acciones correspondientes para la creación de un modelo educativo inclusivo dentro del sistema regular, que remueva las barreras que limiten el aprendizaje y la participación, facilitando la accesibilidad de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo por medio de recursos humanos calificados, tecnologías adaptativas y un diseño universal".

La Ley N° 1725/2001 "Estatuto del Docente", dispone en su Artículo 6°: "El educador profesional asume la responsabilidad inmediata sobre los procesos sistemáticos de enseñanza y las actividades complementarias inherentes a su función, prevista para los distintos niveles y modalidades educativos". Asimismo, y refiriéndose a la corresponsabilidad de la comunidad educativa, la Ley N° 1264/1998 "General de Educación" establece en su Artículo13: "A los efectos del proceso educativo se integrarán los esfuerzos de la familia, la comunidad, el Estado, los docentes y los alumnos". El mismo cuerpo legal, en su Artículo 23 establece: "Las autoridades educativas mediante programas de compensación, atenderán de manera preferente a los grupos y regiones que enfrentan condiciones económicas, demográficas y sociales de desventaja.


¿Cuáles serían las líneas de acción para la parte pedagógica de atención a niños/as en situación de riesgo?

Ley N° 1725/2001 "Estatuto del Docente", en su Artículo 23 establece: "Las autoridades educativas mediante programas de compensación, atenderán de manera preferente a los grupos y regiones que enfrentan condiciones económicas, demográficas y sociales de desventaja.

Elaboración de una propuesta o plan de acompañamiento según las necesidades del caso en estudio.


¿Cuál sería el procedimiento a ser aplicado para dar atención pedagógica a los niños/as en situación de riesgo?

Protocolo M.E.C 1848/15.












2-   Realizar la actividad de propuesta de acompañamiento. Recuerda que toda propuesta debe contar con elementos básicos de:


a.    Identificación:Educando de sexo femenino de 14 años de  edad escolar, perteneciente al tercer ciclo de la E.E.B.-
Proveniente de zona rural. En estado de gravidez.

b.   Problemática del caso:

Ausentismo escolar, como consecuencia del embarazo.

Niña en situación de vulnerabilidad.


c.   Fundamentación de la propuesta

Como resultado del análisis de caso de la educando en situación de vulnerabilidad se sugiere la aplicación del Protocolo de Intervención y apoyo pedagógico para niños/as, adolescentes y adultos en situación de riesgo y/o vulnerabilidad de los derechos reproductivos y sexuales.

Resolución M.E.C 1848/15


d.   Objetivos

Identificar el estado de vulnerabilidad del educando.

Generar espacio para desarrollo de proceso escolar del educando en situación de vulnerabilidad.

Aplicar el protocolo de intervención M.E.C. para atención a educandos en situación de riesgo.


e.   Estrategia de trabajo

Elaboración y ejecución de la propuesta o plan de acompañamiento.

Trabajo en conjunto directivo, docente, padres o encargados, supervisión pedagógica.


f.   Cronograma


Segunda etapa del año lectivo.
Ejecución del plan con carácter urgente posterior al conocimiento del hecho.




g.   Evaluación
De proceso y de producto.

Seguimiento  y monitoreo  del proceso de ejecución del protocolo  de intervención.

Reflexión del proceso de ejecución.

Procedimiento: observación, informe - Pruebas
Instrumentos:  Informe, entrevistas registro anecdótico, prueba escrita.

PROCEDIMIENTOS
Estudiantes matriculados afectados por las inundaciones u otros eventos
adversos: implica la asistencia regular de los estudiantes a las instituciones educativas.
Directores/as    de    instituciones    educativas    afectadas    por   las inundaciones u otros eventos adversos:
a)         Registrar a los estudiantes presentes y ausentes.
b)         Remitir dicha nómina a las Supervisiones Educativas, instancias que en forma conjunta con las Coordinaciones Departamentales, remitirán los datos a la Dirección General de Gestión Social y Equidad Educativa, dependiente de este Ministerio.
c)         Convocar a los padres de familia o encargados de los estudiantes afectados, a reuniones periódicas, a fin de comunicar las acciones a ser implementadas para la continuidad del servicio educativo.
d)     Restablecer el ambiente de aprendizaje a través de la realización de actividades pedagógicas integradoras.
e)        Poner a disposición todos los recursos didácticos disponibles.
f)           Proveer el registro detallado del proceso pedagógico de cada estudiante.
g)         En caso que un/a docente no cuente con estudiantes o los que asisten son escasos, deberá ejercer funciones complementarias o de apoyo que favorezcan el proceso de enseñanza aprendizaje en la zona de influencia. Será responsabilidad del director/a el registro de su asistencia y de las tareas pedagógicas a ser desarrolladas por el plantel docente.
3.1.2.    Directores/as de instituciones educativas receptoras:
a)         Recibir y registrar a los estudiantes provenientes de familias y/o instituciones educativas afectadas.
b)         Remitir dicha nómina a las Supervisiones Educativas, instancias que en forma conjunta con las Coordinaciones Departamentales, remitirán los datos a la Dirección General de Gestión Social y Equidad Educativa, dependiente de este Ministerio.
c)         Garantizar la efectiva inserción de los estudiantes a la institución educativa.
d)         Poner a disposición todos los recursos didácticos disponibles.
e)         Proveer el registro detallado del proceso pedagógico de los estudiantes en cualquier momento del año, según necesidad.
f)           Aplicar una evaluación diagnóstica, a fin de contar con información que permita orientar las actividades a ser desarrolladas.
g)      Docentes de instituciones educativas, cuyos estudiantes en situación
de riesgo están imposibilitados de asistir regularmente a clases:
h)      a) Comunicar inmediatamente al Director de la institución educativa, la
situaci
ón del estudiante afectado, con el anexo de las
documentaciones que obran en la dependencia (notas, informes
m
édicos, otros).
b) Elaborar el Plan de Regularizaci
ón Académica, en forma conjunta
con el personal t
écnico de la Supervisión de Apoyo Técnico
Pedag
ógico, conforme el caso (inasistencia por un periodo de tiempo
corto, menos de tres meses, o inasistencia por un periodo de tiempo
^/            m
ás largo, más de tres meses); y teniendo en cuenta la priorización
i)        
j)      de áreas académicas por ciclo (ver cuadro anexo) y capacidades a ser seleccionadas del Proyecto Curricular Institucional (PCI).
En resumen se concluye afirmando cuanto sigue: es necesario establecer mecanismos para la prosecución de estudios y la regularización académica de estudiantes en situación de riesgo velando por el interés superior del niño/a, derecho a la educación y buscando el logro del aprendizaje significativo y el mejoramiento de la calidad de la educación.








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