sábado, 7 de octubre de 2023

ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

 ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

AUTOR: ABG. VÍCTOR DUARTE ADORNO

CONTACTO: +595981190005


ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO


¿QUÉ ES UN ESTUDIO DE CASO?

 Un estudio de casos es una metodología de enseñanza en la educación superior para la adquisición de competencias integradoras y emprendedoras.

El estudio de casos es un método de enseñanza que está encaminado a facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje y de formación del estudiante, en un enfoque que privilegia el auto-aprendizaje y la auto-formación, procesos que son facilitados por la dinámica del enfoque y la concepción constructivista ecléctica de este. Se fomenta la autonomía cognoscitiva, se enseña y se aprende a partir de problemas o situaciones que tienen significado para los estudiantes, donde se trata de aplicar conocimientos y de resolver problemas o de encontrar la solución acertada de un caso problemático, donde la información estructurada parte de unos conocimientos previos y se busca una solución. 

El pionero del método del caso fue Christopher Columbus Langdell, quien lo aplicó en la Facultad de Derecho de Harvard en 1879, año en el que publicó el primer libro de casos. Pronto esta metodología pasó, con las necesarias adaptaciones, a otras disciplinas (por ejemplo, en 1911 en la Facultad de Economía de Harvard) y desde 1920 este método de enseñanza es el que predomina en esta última Facultad en Estados Unidos hasta el día de hoy. 1  


        En el ámbito educativo las funciones del Estado se delegan al MEC (Ministerio de Educación y Ciencias) así también la normativa legal vigente en educación establece que:

Artículo 47.- En el sector público de la educación, las medidas disciplinarias serán de primero, segundo y tercer orden; las de primer orden serán aplicadas por el jefe inmediato superior; las de segundo orden por el Juez Administrativo; y las de tercer orden por el Ministerio de Educación y Cultura. Las de segundo y tercer orden serán aplicadas previa investigación administrativa.

Artículo 48.- Son medidas disciplinarias de primer orden:
a)   amonestación por escrito;
b)   multa por un importe de cinco a quince días de salarios diarios; y,
c)   suspensión sin goce de sueldo hasta treinta días.

1.    Se visualiza claramente que NO EXISTE LA AMONESTACIÓN DEL TIPO "VERBAL" y si  nos remitimos a la Resolución MEC N° 12095 dicho documento establece al "jefe inmediato superior" como el encargado de amonestar al profesional que haya incurrido en algunas de las "faltas" enmarcadas como de "primer orden"





      José Martínez Ayala es un educador profesional que posee una conducta intachable, se ha desempeñado de forma óptima como maestro del EEB, actualmente se encuentra enseñando el sexto grado turno tarde de la sección “A” de una IE de gestión pública.

    El educador de forma repentina ha modificado su conducta y este empezó a llegar tarde a su lugar de trabajo, además se ha ausentado de forma irregular a la IE sin haber justificado dichas ausencias, tampoco ha colocado reemplazante ni solicitado que se lo cubra. Ante la situación planteada precedentemente: ¿Qué corresponde en derecho? ¿Cuál es la normativa legal vigente que se debe aplicar? Justifica la respuesta. Indica los pasos a realizar para la aplicación de los procesos que abarca la normativa.





REFERENCIAS


1. https://www.scielo.sa.cr/pdf/tec/v12n3/1659-3359-tec-12-03-7.pdf


PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO EDUCATIVO - PARAGUAY

 Por medio del presente material se pone a conocimiento de los interesados el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN" en el ámbito educativo en la República del Paraguay.

Para ello primeramente se procederá a realizar las "precisiones conceptuales" en referencia al tema que nos convoca.

Para más información favor remitirse a la página web de CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

Que, la Ley 1264/1,998 "Ceneral de Educación,, en el artículo 18 dispone: "Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura"; 


Como es bien sabido, el "papá guasu" de todos los habitantes de la República del Paraguay, tanto nacionales como extranjero es el ESTADO, en consecuencia este deberá articular las estrategias para la protección de sus habitantes.


La Ley N° 5749 /2077 «Que establece la Carta Orgánica del ltúinisterio de Educación y La Ley N° 5749 /2017 "Que establece la Carta Orgánica del Ministerio de Educación y Ciencias, en el artículo 3 ...Competencia, indica: El Ministerio de Educación y Ciencias es el órgano rector del sistema educativo nacional y como tal, es responsable de establecer la política educativa nacional en concordancia con los planes de desarrollo nacional, conforme lo dispone la Constitución Nacional y la Ley No 1264/95 "GENERAL DE EDUCACIÓN", Aquí nos indica la normativa legal vigente en materia "educación" corresponde al MEC el tema de la política educativa.


Que, la Ley N° 1,680/2001, "Código de la niñez y la adolescencia,,, en el artículo 3 «Del principio del interés superior, señala: "Toda medida que se adopte respecto al niño o ndolescente, estará fundada en su interés superior. Este principio estará dirigido a asegurar el desnrrollo integral del niño o adolescente, así como el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías, asimismo, en el artículo 20 Del derecho a la educación reza: «El niño y el adolescente tienen derecho a una educación que les garantice el desarrollo armónico e integral de su persona, y que les prepare para el ejercicio de la ciudadanía".

Es así que la ley mencionada ut supra se encarga de tutelar todo lo concerniente en ámbito niñez y adolescencia y en consecuencia que se deberán articular las mejores decisiones siempre en consideración a lo que es lo "mejor" para el niño o adolescente de entre todas las opciones disponibles.


PERO, ¿QUÉ ES UN PROTOCOLO?

El protocolo se considera un  documento que establece las instrucciones a seguir cuando concurren determinadas circunstancias. No solo establecen el modo de comportarse, sino qué información es relevante, a quién se debe trasladar, el modo en que procederá el personal clave de la organización, etc. (institución educativa en nuestro ámbito)

Impiden que la forma de actuar ante determinadas situaciones críticas quede al arbitrio de las personas involucradas en ellas. Cuando esas situaciones ocurren, las personas pueden incurrir en responsabilidad, causar daños a la organización o incluso a terceros, si desconocen esos procedimientos de actuación.

Los protocolos de actuación se recogen en Manuales o guías, usados frecuentemente en el ámbito empresarial, no solo desde la perspectiva legal o de cumplimiento. De hecho, existen muchos protocolos de actuación en el ámbito de las operaciones, que no tienen necesariamente relación con aspectos legales o de cumplimiento. 1

Esta conceptualización es bien clara y en resume indica que un protocolo es un documento que indica los pasos a seguir cuando se presente una determinada situación en la institución educativa.

Algunos elementos claves de todo protocolo de actuación son:

Usuarios beneficiados

Partes que intervienen como ser: supuesto victimario y supuesta víctima

Normativa legal vigente aplicable

Canales de comunicación - denuncia e intervención

Consecuencias - Sanciones

Momentos de intervención o fases de aplicación del protocolo

En Paraguay es la Resolución MEC N° 288/2023 en su Versión 2 la que se encuentra plenamente vigente para la aplicación de protocolo ante SHP (Supuestos Hechos Punibles)

Un  hecho punible es una conducta tipificada, antijurídica, reprochable y Punible. Hay mandatos que se violan por omisión y de dividen en dolosos o culposos, y hay prohibiciones que se violan por acción y se dividen en culposos o dolosos. Los hechos punibles más comunes son los cometidos por acción y son dolosos. 2

En cuanto a la conducta se puede afirmar cuanto sigue:

Para el derecho penal la conducta ( conjunto de hecho y reacciones del sujeto) es el punto de partida de toda reacción jurídica penal, y es el objeto al cual se le agrega la Tipicidad, la antijuricidad, y la culpabilidad por medio de los cuales la conducta se convierte en un delito.

La conducta puede ser el ejercicio de una actividad final o acción o también la falta de acción a lo que llamamos omisión

  • Artículo Nº 14 Código Penal  paraguayo.

"Definiciones:

1. conducta: las acciones y las omisiones; …"

  • La acción:Todo comportamiento humano dependiente de su voluntad, solamente el acto voluntario puede ser penalmente relevante. La voluntad del acto siempre se refiere a una finalidad.

La acción presenta dos aspectos :

  • Aspecto interno: Proposición del fin, selección de los medios y consideración de las consecuencias posibles. Este no le interesa tanto al derecho penal.

  • Aspecto Externo: Puesta en marcha de la causalidad, el acto en si, la acción real, Se da mediante el acto, comportamiento o conducta.

  • La ausencia de acción es considerada como la omisión. 

Continuando con el procedimiento para la activación del protocolo en el ámbito educativo se debe conocer la ley general que tutela los derechos y las gatanías de los niños y los adolescentes. A continuación se transcriben los principales articulados 

Artículo 1°.-  DEL OBJETO DE ESTE CODIGO.

Este Código establece y regula los derechos, garantías y deberes del niño y del adolescente, conforme a lo dispuesto en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, los instrumentos internacionales sobre la protección de los derechos humanos aprobados y ratificados por el Paraguay, y las leyes.

Artículo  2°.-  DE LA PRESUNCION DE LA NIÑEZ,  ADOLESCENCIA O ADULTEZ.

En caso de duda sobre la edad de una persona, se presumirá cuanto sigue: 

a) entre niño o adolescente, la condición de niño; y

b) entre adolescente y adulto, la condición de adolescente.

Se entenderá por adulto la persona que haya cumplido dieciocho años y hasta alcanzar la mayoría de edad.

Artículo 3°.- DEL PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR.

Toda medida que se adopte respecto al niño o adolescente, estará fundada en su interés superior. Este principio estará dirigido a asegurar el desarrollo integral del niño o adolescente, así como el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías.

Para determinar el interés superior o prevaleciente se respetarán sus vínculos familiares, su educación y su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico. Se atenderá además la opinión del mismo, el equilibrio entre sus derechos y deberes, así como su condición de persona en desarrollo.

Artículo 4°.- DE LA RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA.

Los padres biológicos y adoptivos, o quienes tengan niños o adolescentes bajo su guarda o custodia, y las demás personas mencionadas en el Artículo 258 del Código Civil, tienen la obligación de garantizar al niño o adolescente su desarrollo armónico e integral, y a protegerlo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso y la explotación. Cuando esta obligación no fuere cumplida, el Estado está obligado a cumplirla subsidiariamente.

Cualquier persona puede requerir a la autoridad competente que exija a los obligados principales y al Estado el cumplimiento de sus obligaciones.

Artículo  5°.-  DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR.

Toda persona que tenga conocimiento de una violación a los derechos y garantías del niño o adolescente, debe comunicarla inmediatamente a la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI) o, en su defecto, al Ministerio Público o al Defensor Público.

El deber de denunciar incumbe en especial a las personas que en su calidad de trabajadores de la salud, educadores, docentes o de profesionales de otra especialidad desempeñen tareas de guarda, educación o atención de niños o adolescentes. 

Al recibir la información, la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI), el Ministerio Público y el Defensor Público adoptarán las medidas correspondientes, que les competen. 3






REFERENCIAS:


1. https://protecciondatos-lopd.com/empresas/protocolo-actuacion/#:~:text=Una%20definici%C3%B3n%20de%20protocolo%20de,seguir%20cuando%20concurren%20determinadas%20circunstancias.

2. https://www.monografias.com/trabajos109/derecho-penal-paraguayo-apuntes-parte-general/derecho-penal-paraguayo-apuntes-parte-general2#:~:text=El%20hecho%20punible%20es%20una,por%20acci%C3%B3n%20y%20son%20dolosos.

3. https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/5261/codigo-de-la-ninez-y-la-adolescencia



lunes, 27 de marzo de 2023

ORIENTACIONES GENERALES PARA POSTULANTES C.P.O. M.E.C. PARAGUAY

 

ORIENTACIONES GENERALES PARA POSTULANTES.

 

ACLARATORIA:

 

Las presentes orientaciones son considerando las últimas convocatorias para integrar el Banco de Datos de Educadores Elegibles en adelante BDDE (6/2021)

 

Para la inscripción, los interesados deberán ingresar a su cuenta de usuario en el SIGMEC y seguir las indicaciones del instructivo publicado. Los educadores interesados podrán inscribirse, de acuerdo a su perfil, hasta en cuatro puestos en rubros categorizados y para los catedráticos hasta en cinco (5) instituciones educativas y hasta el límite legal permitido de 260 horas.  En ambos casos los puestos deberán corresponder a un mismo departamento geográfico.

En caso de que el postulante requiera anular y/o modificar su inscripción, podrán realizar dicho procedimiento de manera personal, desde su cuenta de usuario, específicamente en la pestaña «Mis inscripciones», en donde se encuentra habilitado el botón ️ - para cancelar, en el mismo lugar en donde se encuentra el botón  - para inscribirse.

Se recuerda que en esta etapa todos los educadores interesados en acceder a los cargos convocados deberán contar con matrícula docente, perfil requerido para el cargo y con la disponibilidad de tiempo, ya que no se permitirá la presentación de renuncias. Se tendrá en cuenta para el efecto el límite máximo de jornada laboral de turnos o su equivalente en horas cátedras, según las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

 

Los ejes temáticos con referencias bibliográficas para la evaluación escrita y los elementos básicos del plan de la enseñanza y del aprendizaje para la evaluación oral cuyo contenido fue elaborado por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa en adelante INEE

En ese contexto, se encuentran publicados los ejes temáticos con referencias bibliográficas para la evaluación escrita y los elementos básicos del plan de la enseñanza y del aprendizaje para la evaluación oral elaborados con base  en las  siguientes dimensiones de los criterios de calidad del buen aprendizaje para una buena enseñanza:


1.   Gestión del Currículum: referente a la preparación de la enseñanza y la enseñanza para el aprendizaje de los estudiantes.


2.   Gestión de la Vinculación Social: relacionado con la creación de un ambiente propicio para el aprendizaje de los estudiantes.


3.   Gestión de Desarrollo Personal y Profesional: sobre el desarrollo personal y la responsabilidad profesional del docente.

 


 

 

 

 

 

EVALUACIÓN ESCRITA

GUÍA PARA EL USO DEL CUADERNILLO Y EL COMPLETAMIENTO DE LA HOJA DE RESPUESTAS

CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICÓN - CARGO DOCENTE AÑO 2021

1.   ORIENTACIONES GENERALES

La evaluación oral consistirá en la presentación y defensa de una planificación de un proceso de enseñanza y aprendizaje, orientado al mejoramiento continuo de los aprendizajes de los estudiantes en un periodo determinado en el mismo.

La evaluación oral será de 40 puntos y para aprobar esta etapa evaluativa, el nivel de exigencia mínimo requerido será del setenta por ciento (70%).

En ese sentido, los postulantes deberán elaborar una planificación de un proceso de enseñanza y aprendizaje conforme a las funciones determinadas en el Manual de Funciones del Educador MEC. Resolución Ne2309/2007. Si el docente se postula a un cargo para el Primer y/o Segundo ciclo de la Educación Escolar Básica, deberá elaborar la planificación en el área de Comunicación o Matemática. Finalmente, si el docente se postula para el Tercer Ciclo de la Educación Escolar Básica y /o para la Educación Media, deberá elaborar la planificación en virtud del cargo por el cual concursa. En caso de que la postulación sea a más de un cargo, el docente podrá optar por un área para la elaboración y defensa de la planificación.

La modalidad de aplicación de la evaluación oral será de manera presencial. El postulante deberá presentarse en el día y horario establecido, conforme a lo indicado por la Comisión de Selección para la aplicación de la evaluación.

La presentación y defensa de la planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje será ante un equipo evaluador, el cual estará integrado por profesionales de la educación designados previamente por la Comisión de Selección teniendo en cuenta el perfil establecido en el Reglamento de procedimientos específicos para concurso de educadores en cargos docentes - Nivel 1 del Ministerio de Educación y Ciencias, aprobado por Resolución MEC N° 882/2021.

El evaluador no podrá examinar al evaluado con quien tenga vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad o de amistad o enemistad manifiesta, en cuyo caso deberá inhibirse.

Para la evaluación oral, cada postulante deberá presentar ante el equipo evaluador la planificación escaneada en formato impreso y digital PDF (en imagen nítida y legible, conforme estructura básica preestablecida, debidamente foliada y firmada). Dispondrá de un tiempo máximo de 20 (veinte) minutos para la defensa oral pudiendo utilizar recursos audiovisuales de apoyo. Además, tendrá cinco (5) minutos para responder a las preguntas complementarias realizadas por el equipo evaluador.

El postulante que no se presente a la evaluación oral en el día y horario indicados, será registrado como ausente, quedando eliminado de la prueba. En esta etapa no se contempla un periodo de revisión, considerando que el postulante podrá realizar consultas al equipo de evaluación al momento de la devolución de los resultados.

La planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje deberá ser de elaboración propia.


2.   DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LA PLANIFICACIÓN DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE.

La evaluación oral se realizará a través de la presentación y defensa de un plan de clase del área al cual postula el docente que ha aprobado la prueba escrita: Educación Inicial (ámbitos y dimensiones); Primero y Segundo Ciclos de la Educación Escolar Básica, (Comunicación o Matemática) y Tercer Ciclo de la Educación Escolar Básica y/o para la Educación Media del área al cual se postule.

Los postulantes que superen la exigencia mínima de aprobación requerida de la prueba escrita deberán presentar un plan de clase (según estructura básica preestablecida indicada más abajo) en formato impreso a la Comisión Evaluadora conformada para el efecto, en el día definido en el cronograma para la defensa oral.

En ese sentido, el plan de clase cuenta con la siguiente estructura básica acorde a los programas de estudios vigentes:

 

 Nombres y Apellidos del Postulante: Se debe escribir el/los nombre/s y el/los apellido/s completos del postulante.

C.I. N°: Se debe escribir el número de la cédula de identidad civil del postulante.

Departamento Geográfico: Se debe especificar el departamento geográfico

Área/Asignatura: Se debe especificar el área que impartirá el postulante, en el caso de Educación Inicial, deberá ser de uno de los ámbitos y dimensiones, Primero y Segundo Ciclos de la Educación Escolar Básica, deberá ser del área de Comunicación o Matemática; para el Tercer Ciclo de la Educación Escolar Básica y/o para la Educación Media, deberá ser del área al cual se postule el docente.

Grado/Curso: Se debe indicar el grado/curso al que corresponde la planificación.

Nivel Educativo: Se debe indicar el nivel educativo al que corresponde la planificación.


EDUCACIÓN INICIAL

Elementos básicos de planificación

Ámbito: consiste en una breve descripción que contiene ideas   principales   que   le   dan   sustento al mismo y del

cual se desprenden cada una       las 

Dimensión:   Consiste  en una breve  descripción de  los aspectos teóricos actualizados que lo sustentan.

Contenido: se   especifica   el   contenido   a ser abordado en el desarrollo de la dimensión.

Indicadores de Logro: Deben ser claros, precisos y relevantes acordes a las capacidades/dimensiones propuestas para el logro de las competencias del área. La cantidad de indicadores para la evaluación de una capacidad dependerá de la complejidad de la misma

 Duración de la clase: Consiste en establecer el tiempo que durará la clase que impartirá.

Actividades: Son las descripciones de los momentos didácticos de una clase (inicio, desarrollo y cierre). Se detallan las actividades que realizan el docente y el estudiante, las estrategias metodológicas, bibliografías de contenidos, los recursos para la enseñanza y la evaluación.


Firma y Aclaración de firma del Postulante: Debe estar firmado y con aclaración de la firma del postulante.


EDUCACIÓN ESCOLAR BÁSICA Y EDUCACIÓN MEDIA.

Educación Escolar Básica y Educación Media

Unidad:    son   los    ejes    que    organizan   grupos específicos  de  capacidades  relacionadas  con el desarrollo de las        competencias


Capacidad: Es cada uno de los componentes aptitudinales, actitudinales, cognitivos, de destrezas, de habilidades que articuladas armónicamente constituyen la competencia.


Tema: se especifica el tema a ser abordado en el desarrollo de la capacidad.

 

 

3.     ORIENTACIONES PARA LA DEFENSA DE LA PLANIFICACIÓN DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE. . CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

a)       El postulante ingresará a la sala 5 minutos antes del inicio de la presentación, deberá acreditar su identidad ante la mesa examinadora mostrando la cédula de identidad, debe firmar el registro de entrada y confirmar el nivel al cual se postula.

b)      El postulante facilitará en pendrive su presentación en formato Power Point al equipo de apoyo de la mesa examinadora para la proyección o deberá entregar en formato impreso, en caso de no contarse con los recursos tecnológicos requeridos.

c)       Tendrá un tiempo máximo de 20 minutos para presentar el plan de enseñanza aprendizaje ante el equipo evaluador! pudiendo utilizar recursos audiovisuales como apoyo.

d)       Al término de la presentación, deberá escuchar las consultas realizadas por el equipo evaluador y responderlas. El tiempo establecido para las preguntas y respuestas es de 5 minutos.

e)       Posteriormente, el postulante quedará 10 minutos fuera de la sala para que el equipo evaluador pueda analizar los resultados y generar el puntaje final.

f)               Inmediatamente después, volverá a entrar a la sala para la devolución del puntaje final, y se destinará 5 minutos finales para el efecto.

g)      Una vez concluida la devolución de resultados, podrá retirarse de la sala firmando su hoja de evaluación final y el registro de salida.

4.     ASPECTOS RELEVANTES PARA LA PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LA PLANIFICACIÓN DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE.

a)    Optimización y uso correcto de los tiempos establecidos para la presentación y defensa del plan.

    20 minutos para la exposición oral.

    5 minutos de preguntas y respuestas en referencia a la exposición oral.

 

b)      Información actualizada correspondiente al área que se postula

Presentación y defensa de la planificación de enseñanza aprendizaje acorde a la estructura básica mencionada en el punto 2 de la guía y los criterios e indicadores preestablecidos en el punto 5


Criterio 1: Preparación para la enseñanza en función al aprendizaje de los estudiantes. 


1.Presenta la capacidad/dimensión seleccionada del programa de estudio vigente.

2.Cuenta con los indicadores en función a lo que pretende       

desarrollar en una clase de 40 minutos.. CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

3.Presenta el tema de la clase con fuentes bibliográficas actualizadas.

4.Esquematiza la secuencia didáctica en coherencia a la capacidad o dimensión propuesta.

5. Describe las actividades hacia el propósito de la clase partiendo de los saberes previos de los estudiantes

6.Propone un proceso de clase de lo simple a lo complejo.

7.Plantea estrategias que permiten el abordaje transversal de la inclusión.

8.Plantea estrategias que permiten el desarrollo de las normas de convivencia.

9.Presenta recursos de enseñanza coherentes con el tema.

10.Tiene en cuenta las tecnologías de la comunicación y de la información como herramientas de apoyo para el desarrollo de la clase. . CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

11.Plantea procedimientos e instrumentos de evaluación adecuados a los contenidos o temas de las capacidades desarrolladas.

12.Establece estrategias de evaluación contextualizadas a los medios o herramientas tecnológicas con que cuenten los estudiantes.



13.Presenta estrategias para de retroalimentación para la fijación de los contenidos. 


Criterio 2: Exposición Oral.

. CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

14. Transmite ideas de manera clara siguiendo una secuencia lógica.

15.Utiliza las lenguas oficiales en la expresión de sus ideas

16.Utiliza vocabulario técnico propio del contenido y pedagogía de la disciplina planificada.

17.Emplea tono de voz adecuado durante la presentación oral.

18.Mantiene un lenguaje corporal adecuado que le permite respaldar y afianzar sus ideas.

19.Realiza su presentación oral de la clase con la capacidad/dimensión, listado de actividades y de evaluación en el tiempo establecido de 20 minutos. CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

20.Comprende las instrucciones brindadas por el equipo evaluador respondiendo con seguridad a los planteamientos formulados por el mismo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RECOMENDACIONES PARA ELABOORAR UN PLAN DIARIO.

 

MATERIALES NECESARIOS.

1.Conforme al perfil que indique la certificación documental el postulante deberá seleccionar por cuál de ellos (en caso de que habilite varios niveles - modalidades) trabajará.

2. Una vez seleccionado el perfil, por ejemplo, Docente de EEB (primer, segundo ciclos) se deberá seleccionar la disciplina.

Para nivel inicial: Si se trabajará por una de las dos opciones: ÁMBITO y DIMENSIÓN. 

Primer y Segundo ciclos de la E.E.B.: Matemática o Comunicación (Lengua Castellana)

 Tercer ciclo y Nivel Medio: seleccionar la disciplina conforme al perfil que asigna la "CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL ACTUALIZADA" del postulante. 

Debe seleccionar solamente una disciplina para elaborar el "PLAN DIARIO" considerando los elementos básicos de toda planificación.


REFERENCIA:

 https://mec.gov.py/talento/cms/cpo_bdee_nivel_1_2021/


El documento de referencia se encuentra disponible junto con los materiales bibliográficos en formato digital para su descarga gratuita desde la página web: https://mec.gov.py/talento/cms/

 

ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO

 ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIONES DUARTE ADORNO AUTOR: ABG. VÍCTOR DUARTE ADORNO CONTACTO: +595981190005 ESTUDIO DE CASO N° 1 CAPACITACIO...